Novedades Asesoría Jurídica
No uso de mascarilla en recreos y espacios al aire libre
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- Publicado el 14 Febrero 2022
En el BOE del 9 de febrero se publicó el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. (https://www.boe.es/boe/dias/2022/02/09/pdfs/BOE-A-2022-2062.pdf)
Pues bien, en el BOCM de hoy, 10 de febrero, la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha publicado la Orden 168/2022, por la que se modifica la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, en la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, la cual adjunto (EC.:12541)
Esta nueva normativa establece que la mascarilla no será exigible en los siguientes supuestos:
- Situaciones en las que su utilización se encuentre exceptuada conforme a los dispuesto en el RD 115/2022, de 8 de febrero (Te remito a su lectura).
- En los centros docentes que ofrezcan las enseñanzas recogidas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, durante los períodos de recreo y en el desarrollo de otras actividades siempre que se realicen, en ambos casos, en espacios al aire libre.
Por tanto, no se exige el uso de la mascarilla en estos espacios al aire libre con independencia de la distancia existente entre las personas, pues el Real Decreto estatal lo que hace es suprimir la mínima de 1.5 metros, que era una regla que llevaba rigiendo en exteriores hasta este momento.
Por otra parte, si como consecuencia del alto índice de contagios que actualmente existe o por la valoración de la situación de vuestro centro educativo, estimas convenientes el uso de mascarillas en los supuestos anteriormente indicados, podrás establecer como recomendación el mantenimiento de su uso, pero no como una obligación, salvo que Sanidad establezca lo contrario. Igualmente, también podrás informar a las familias que en el momento de recogida de los alumnos/as, sigue siendo recomendable su uso, y apelar a su responsabilidad personal.
Información complementaria Justificación de Gastos COVID
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- Publicado el 14 Febrero 2022
El pasado 21 de diciembre de 2021 te informamos mediante circular (EC.:12428), a cuya lectura me remito, sobre el inicio del proceso de justificación de la partida de “Otros Gastos” del concierto educativo.
La principal novedad para este año es la justificación de los gastos relacionados con la prevención COVID-19. La Resolución de Autorización, (EC.:11361 y EC.:11620), otorgaba a las partidas para los distintos conceptos de gasto (mascarillas, gel hidroalcohólico, termómetros y limpieza) relacionados con el COVID-19 carácter finalista, indicando que solo podrán ser utilizadas para las actuaciones que se concretaban en la misma.
En estos días hemos sido advertidos por diferentes Centros que la aplicación permitía compensar las cantidades entre los diferentes conceptos relacionados con la prevención COVID-19, siendo posible que la justificación se pueda realizar por el conjunto de esos gastos. Por ello, hemos realizado una consulta sobre esta cuestión a la Subdirección General de Enseñanza Privada y Concertada, la cual nos ha confirmado que se ha establecido una justificación conjunta de los importes correspondientes a las mascarillas, gel hidroalcohólico, termómetros y gastos de limpieza, permitiendo a los centros considerar de forma conjunta el gasto para estos recursos excepcionales. Por ello, aunque haya que justificar el importe de cada uno de los conceptos, todos ellos se engloban dentro de un gasto finalista más amplio que sería el de adquisición de materiales de prevención higiénico-sanitario y ampliación del servicio de limpieza.
Tanto si has presentado ya la justificación, como si todavía estás trabajándola, no tienes que realizar ninguna acción ya que la propia aplicación realizará el sumatorio, totalizando el gasto de esta partida.
Te recordamos que el próximo 15 de febrero de 2022 se cumple el plazo para proceder a la justificación por vía telemática de la partida de “Otros Gastos” del concierto educativo.
Comunicación de horarios centros privados y concertados- curso 2022-2023
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- Publicado el 04 Febrero 2022
Te recuerdo que los Titulares de los centros privados deben comunicar el tipo de jornada y el horario lectivo del 2º ciclo de Educación Infantil y Primaria del centro para el curso 2022/2023 antes del 15 de febrero , y los centros privados CONCERTADOS , antes del 15 de marzo , habiendo informado previamente al Consejo Escolar en este último caso. Esta comunicación se realizará conforme al Anexo II de la Orden 11994/2012. El enlace a la Orden para acceder al Anexo es:
En relación a los horarios de Secundaria, no se ha publicado ninguna normativa posterior a las Instrucciones de 19 de septiembre de 2001, que determina que se comunicarán “con anterioridad al inicio de las actividades lectivas”, por lo que, aunque viene siendo habitual informarlos al mismo tiempo que los de Infantil y Primaria, podrían notificarse en un momento posterior. Te facilito el enlace al modelo que hemos elaborado desde ECM para Secundaria:
Comunicación de jornada escolar y horario lectivo de Secundaria .
Enlace a la solicitud IV Certamen de Teatro Inclusivo de la Comunidad de Madrid
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- Publicado el 31 Enero 2022
El pasado 26 de enero de 2022 os informamos de la convocatoria del IV Certamen de Teatro Inclusivo de la Comunidad de Madrid. La Comunidad de Madrid ha habilitado el siguiente enlace al formulario telemático de presentación de la solicitud:
IV Certamen de Teatro Inclusivo de la Comunidad de Madrid
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- Publicado el 27 Enero 2022
El 24 de enero se publicó en el BOCM la ORDEN 3751/2021, de 23 de diciembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno por la que se convoca el IV Certamen de Teatro Inclusivo de la Comunidad de Madrid.
Podrán participar los centros públicos, privados y privados concertados de la Comunidad de Madrid que escolaricen alumnos con diversidad funcional y alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, bajo dos modalidades.
Te insertamos el enlace a la Orden para más información sobre las bases y el procedimiento de solicitud.
El PLAZO DE PRESENTACIÓN será de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOCM, es decir, hasta el 7 de febrero de 2022, incluido .
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